El presidente Santiago Peña firmó el decreto que promulga la ley que eleva la cantidad de años de cárcel por el maltrato y eventual muerte de los animales.
“Estamos muy contentos de anunciar que promulgamos le ley que aumenta por los maltratos a las mascotas, a los animales”, dijo el presidente Santiago Peña en sus redes sociales.
El proyecto de Ley “Que modifica el artículo 38° de la Ley N° 4.840/13, ‘De Protección y Bienestar Animal’, modificada por la Ley N° 5.892/17″ eleva hasta seis años las penas carcelarias por maltrato animal, sanción que hasta antes de esta legislación se limitaba a dos años.
Serán considerados hechos punibles:
El sacfricio de los animales en contravención a los criterios de eutanasia
Los malos tratos y agresiones físicas o psíquicas crueles a los animales
El abandono de los animales
Las operaciones o intervenciones quirúrgicas cen contravención a la Ley de Protección animal
La cría y comercialización de animales sin licencias o persmisos
Suministrarles drogas, fármacos o alimentos que contengan sustancias o elementos que puedan ocasionalres sufrimientos graves, transtornos que alteren su desarrollo fisiológico natural o la muerte
La utilización de animales en espectáculos, peleas, fiestas populares y otras actividades que impliquen crueldad o maltrato
La incitación a los animales para atacar personas u otros animales, exceptuando los perros de la Policía u otros organismos de seguridad, legalmente autorizados
La práctica veterinaria por parte de personas no facultadas
Los actos de crueldad que resulten en la muerte del animal
La zoofilia en todas sus formas
El zoocidio y el bicidio. La reincidencia de una infracción grave
Fuente: Diario Hoy