La abogada Alejandra Peralta Merlo señaló que la decisión del intendente de Caapucú, Gustavo Penayo Arce, de prohibir cualquier festejo de Halloween constituye un abuso de autoridad y debe ser urgentemente revocada.
“Ninguna autoridad pública está por encima de la Constitución Nacional”, destacó la abogada Alejandra Peralta Merlo, en comunicación con Última Hora, con relación a la decisión del intendente de Caapucú de “prohibir” la celebración de Halloween en la comunidad.
En ese sentido, señaló que la Carta Magna es el “escudo” que tienen todos los paraguayos para protegerse de los abusos de las autoridades públicas y que las decisiones municipales no deben contradecirla.
“Por más de que las municipalidades pertenezcan a la estructura del Estado y tengan la potestad de dictar resoluciones para autogobernarse territorialmente, nada permite que esas disposiciones estén por encima de la Constitución Nacional”, advirtió la abogada.
Peralta citó a ÚH que existen dos derechos fundamentales, el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la libertad religiosa o de culto.
“El derecho a la libertad de expresión nos permite expresarnos culturalmente, poder celebrar Navidad si creemos en el nacimiento de Jesucristo, poder celebrar las fiestas de carnaval, poder celebrar Halloween, poder celebrar el día de la Virgen de Caacupé; eso es lo que nos permite tanto nuestra libertad de culto como nuestra libertad de expresión”, explicó.
Con relación a la prohibición, en el aspecto cultural, limitar festividades a través de una resolución vulnera el derecho a la libertad de expresión.
“Cuando se introduce en esa limitación el análisis que hace el intendente de que esto tiene que ver con una protección religiosa o que atenta contra la cultura religiosa, entonces estamos atentando contra otro derecho fundamental que es la libertad de culto”, destacó la abogada.
Agregó que limitar esos derechos por encima de la Constitución Nacional configura un acto administrativo arbitrario y por lo tanto inconstitucional, lo que constituye un abuso de autoridad por parte del intendente.
Asimismo, refirió sobre el control policial que se establece en la resolución y manifestó que con eso se confiere a la Policía Nacional una potestad que no tiene.
“Esto está vedado a la Policía Nacional porque no puede obrar en contra de lo que establece la Constitución Nacional y si la Carta Magna no declara que esto es un acto ilegal o un acto prohibido, entonces no puede haber una prohibición más allá de lo que la ley está señalando”, consideró.
En ese caso, subrayó que sería oportuno que el ministro del Interior, Enrique Riera, se exprese sobre el caso para aclarar y tranquilizar a los pobladores de Caapucú que la Policía Nacional no va a ejecutar una resolución que esté en contra de la Constitución Nacional.
Potestad
Por otro lado, la abogada aclaró que el intendente no tiene ninguna potestad para prohibir celebraciones culturales o que la gente haga uso de su libertad de expresión a través de festividades como la de Halloween.
“Sería lo mismo que vetar por ejemplo la celebración de Navidad para los creyentes o la celebración de los carnavales, porque también otros pueden decir que son festividades paganas”, comentó Peralta.
La abogada recordó otro caso similar en la que en Hernandarias se dictó una resolución en prohibición de la marcha del colectivo LGBT al declararse como un municipio pro vida. “Limitar el derecho a la manifestación, de la protesta o de la asociación, de la libre circulación de personas es absolutamente inconstitucional también”, agregó.
La abogada resaltó que actos arbitrarios como estos no deben pasar desapercibidos, por más que parezcan jocosos, porque se transita por un “camino muy peligroso” de permitir actos arbitrarios por parte de las autoridades públicas, lo que solamente genera confrontación entre paraguayos.
La abogada instó a que se revoque inmediatamente la resolución, por iniciativa de la Junta Municipal o mediante acción en el plano judicial. “No se puede dejar que subsista un acto ilegítimo y mucho menos que tenga consecuencias ilegítimas como la intervención de la Policía Nacional o que se sancione a personas por ‘desacatar’ la resolución arbitraria e inconstitucional dictada por el intendente”, expresó.
Asimismo, manifestó que es necesario transitar hacia una sociedad más tolerante, inclusiva y de respeto hacia el pensamiento, la expresión cultural, las tradiciones y la libre expresión de otras personas.
Finalmente, la abogada cuestionó el criterio del jefe comunal de Caapucú. “Si el intendente quita este tipo de resoluciones que saltan a la luz ¿Qué otras resoluciones inconstitucionales estará quitando que no nos enteramos?”, acotó.
Fuente: Última Hora
